Contratos legales para alquiler de habitación
Como el mercado de pisos compartidos es una tendencia reciente en el mercado inmobiliario, las preguntas que rondan por la cabeza de todos propietarios, caseros e inquilinos son innumerables.
Aunque en Easypiso no ofrecemos consejo legal propiamente dicho, aquí os dejo con un par de fuentes de consulta a las que podéis recurrir para informaros mejor acerca de las posibilidades de contratos en pisos compartidos.
Existe el Código Civil ( artículos 1542 a 1582) y la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
Voy a poner un ejemplo práctico, si en un piso hay 2 habitaciones y se quieren alquilar de forma individual, un inquilino en cada habitación, existen tres formas de hacerlo.
1. Que rigiéndose por la LAU, el propietario (o arrendador) prefiera hacer un solo contrato.
En este caso el arrendador se ve más beneficiado que el arrendatario, ya que el primero, podrá exigir el cumplimiento integro del contrato a cualquiera de los arrendatarios, incluyendo los gastos por servicios, con independencia de la cuenta donde estén domiciliados. Por otra parte, el arrendador se vería perjudicado si uno de los arrendatarios decide renunciar al contrato. Los demás arrendatarios perderían su derecho de seguir en la vivienda.
2. Que rigiéndose por el Código Civil , el propietario (o arrendador) decida hacer contratos individuales.
Para dicha del arrendatario, en este caso cada uno se responsabiliza de lo suyo, sin que lo que los otros hagan le afecte. En este caso el arrendador velará por el pago de gastos y luego los repartira, o estipulara por el contrato que el precio de la renta incluye los gastos, en este caso el precio del alquiler seria más elevado. Cuando se trata de responsabilidades por los daños causados en las zonas comunes , siempre hay que determinar quién los ha causado.
3. La opción intermedia puede ser un solo contrato con 2 arrendatarios (LAU).
Pactando la solidaridad y el derecho a ceder el contrato o a subarrendar parcialmente el piso. Así evitarían los inconvenientes del posible incumplimiento de uno de ellos (renuncia, muerte, irresponsabilidad…), que dejaría al otro en la mala situación de tener que pagar toda la renta, como si fueran 2, pero sin poder introducir otro inquilino que devuelva el equilibrio al contrato.
Finalmente, las principales diferencias de los contratos individuales de habitación (Código Civil) con respecto al contrato común de arrendamiento de vivienda (LAU) son:
- La duración se pacta libremente
- No hay derecho a prórroga, el contrato se extingue cumplida la duración pactada, aunque será automáticamente renovado mientras ambas partes guarden silencio
- El arrendatario está menos protegido, se admiten pactos y renuncias que la LAU no admitiría
- El arrendatario puede subarrendar, si no se dice lo contrario
- La venta de la vivienda extingue el contrato
- Es personal, sin subrogaciones
- No hay derecho de adquisición preferente
Espero que con esta información tengáis un poco más claro las fuentes legales que regulan este tema y que por ende el trámite del alquiler de piso compartido no se convierta en un lio.




Hola
La informacion aportada es util, pero no muy extensa. Si pudieran añadir mas al respecto seria de mucho interes, asi como un ejemplo de contrato de alquiler de habitacion para cada una de las modalidades mencionadas.
Un saludo y gracias.
En breve intentaremos traeros más ejemplos de contratos.
Muchas gracias por vuestras opiniones.
Hola…tengo una consulta un poco compleja o no…no se!
Lo que me pasa es que soy inquilina de una habitacion pero es todo ilegal aun que tuve que dejar un mes de fianza de 500 euros.ahora,a dia 9 de septiembre comunico que me marcho el dia 1 de octubre y me dicen que devuelven la fianza pero la parte proporcional que quede hasta al dia que salga porque hay que avisar exactamente con un mes de antelacion…y claro quedan 21 dias.
eso sin contrato obviamente no es posible me imagino pero ni siquiera fue apalabrada(ilegalmente-aun que solo por llevarnos bien por asi decirlo)esa condiccion!
Sabrian decirme que debo de hacer o como van las cosas en estos casos???
No serian 15 los dias de antelacion en el que comunicar las intenciones o ni eso como es todo ilegal??
Espero haberme explicado de manera que entiendan mi situacion
Gracias.
Hola
Agradecería mucho completaran la información con varios patrones o ejemplos de contrato de alquiler de habitación para cada modalidad posible. Sería lo más practico, mientras no tenga un contrato seguro no me inclino a alquilar.
En espera, atentamente j.m.
Hola,
mi caso es el siguiente: soy la casera y le he alquilado la habitacion a una chica, no ha habido contrato sólo verbal, la chica se ha marchado antes de terminar el mes, mi pregunta es, tengo que devolverle su fianza?
Gracias.
Hola no entiendo mucho de estos temas, pero quiero saber una cosa importante. Quiero alquilar una habitacion de mi casa, soy divorciada y con dos niños, quiero hacerle contrato con empadronamiento. Pero yo estoy cobrando la renta basica, y me gustaria saber si yo tendria algun problema o podria perfectamente, tendria que declararlo hacienda, pero como no tengo trabajo no se que tendria que hacer. Bueno espero a verme explicado bien. Muchas gracias.
Hola José Manuel:
Creo que esta página os puede ser útil a todos: http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/
Ahí podrás encontrar tipos de contratos distintos. Espero que te sea útil.
Hola Ana:
Hay que declarar cualquier ingreso a Hacienda.
Un saludo,
Lourdes, la fianza es la forma de no estar indefenso ante situaciones como ésta. Si acordasteis que te daría un mes de antelación y no te lo ha dado, no tendrías que devolvérsela, o una parte proporcional al aviso que te ha dado, pero eso ya depende de ti
http://www.elmundo.es/suvivienda/sv/documentos/contratos/ Aquí podéis encontrar varios tipos de contratos que os serán bastante útiles
Yo estoy en situacion de alquilar una habitacion pero tuve una mala experiencia y ahora tengo muchas dudas por varios motivos:
1º) Hasta k punto te puedes deshacer rapidamente de un inquilino si no te gusta? Cambiar la cerradura sería una opción, pero ya es un gasto k no compensa con el ingreso obtenido.
2º) Tambien tengo claro k la fianza es para cualquier desperfecto ó rotura k por mal uso pudiera ocasionar en la vivienda durante su estancia, pero mucha gente deja de pagarte el último mes pensando que esa fianza esta para pagar ese último mes y no son capaces de entender otra cosa, por lo k casi siempre sales perdiendo.
3º) Si no son aseados y les indicas k limpien su cuarto te contestan k no debe importarte k es su cuarto… pero es mi casa y no me gusta k huela mal y no se si estas cosas se deben poner en un contrato, pork a la hora de concretar todo fluye muy bien y fácil pero en realidad a los 15 dias te das cuentas k todo eran frases hechas.
Siento haberme alrgado pero es frustante cuando honradamente estas alkilando una habitacion en muy buenas condiciones de todo tipo y te sale un bicho raro y… se te van las ganas de ayudar a terceros.
Si pudieramos entre varios montar un contrato honradamnete digno para ambas partes sería genial.
Maria Jose
Hola María José:
Por lo que me dice, firmásteis un contrato, deberías regirte por éste, así que tendrías que esperar a que se acabara el tiempo que acordasteis.Revísalo, porque quizás incluiste alguna cláusula para finalizar el contrato antes de tiempo.
Sobre la fianza, a menos que lo acordéis así, deberían de pagarte el último mes de alquiler y tú devolverle la fianza, al finalizar el mes.
El orden del cuarto, en principio, creo que es cosa de ellos, pero si quieres también incluir una cláusula en el contrato, puedes hacerlo, aunque creo que eso te dificultará encontrar alguien, ya que al alquilar una habitación, se presupone que será tu propio espacio.
Buenas tardes, tengo una casa en la cual alquilo habitaciones de manera verbal, mi pregunta es si un inquilino esta interesado deja separada la habitacion con una parte de dinero, pero al otro dia regresa y exige de manera grosera que le devuelvan el dinero, que ya no la va a tomar, se le debe devolver el dinero?
Gracias,
Blanca
Hola Blanca:
Lo mejor es que le devuelvas el dinero, así te evitas problemas y un mal inquilino. Eso sí, que te firme un recibo
Buenas tardes alguien me puede ayudar a resolver cierta duda o problema alquilo un piso el contrato esta a mi nombre, yo realquilo una habitacion a una chica pero veo que es demasiado de desordenada mete mucha gente cosina para 15 0 20 a lo mejor digan que soy exagerada pero eso es la verdad
Ahora que hablo con ella se enfada muchisimo tampoco me paga del alquiler me dice que ella se ira cuando le de la gana por favor haber si alguien me puede ayudar que puedo hacer en estos casos
Hola Feliza:
Si no te paga el alquiler, entonces está incumpliendo el contrato, así que lo mejor será que hables con un abogado para quelo revise.
¡Suerte!
Hola,
yo tengo un piso de VPO en Castilla-La Mancha y quería saber si estas viviendas se pueden alquilar, cosa que creo que no, o si se pueden alquilar por habitaciones. Según tengo entendido se podrían alquilar las habitaciones con contrato privado y no sería ilegal, aunque en teoría se deberían declarar los ingresos. Esa es mi duda.
Muchas gracias
Hola Alex:
No trabajamos como agencia, por eso, nuestro conocimiento es limitado en algunos asuntos, como éste. Lo mejor es que te acerques al organismo que se encargue de las viviendas de protección oficinal en Castilla-La Mancha. Ellos podrán informarte correctamente.
Un saludo
OLA ESTABA en un piso alquilado por habitaciones pero la convivencia con las demas inquilinas era insoportable y me he ido. faltan 3 meses para que finalice el contrato y la casera me ha amenazado que si no le pago esos tres meses llama a un abogado y organiza un juicio. yo por no tener problemas le e pagado un mes mas sin estar en el piso. pero quiero dejar de hacerlo pues ya le he dado un mes para que busque a otro inquilino. que repercusiones legales puede tener si dejo de pagar el piso yA¿?
Hola Esango:
Lo mejor es que contactes con un abogado, ya que al no trabajar como agencia, no tenemos conocimientos legales.
Un saludo
Para alquilar varias habitaciones de una casa grande, “rigiéndose por el Código Civil , el propietario (o arrendador) decida hacer contratos individuales” hace falta por algun motivo la famosa cedula de habitabilidad, (que provablemente no existe, por los años que hace que esta construida la casa) y que muchas veces no les dan a los pisos de nueva contruccion por problemas de las construcatoras, cosas inacabadas u otros motivos ? Hay que aplicar IVA a los contratos individuales ?
Como dato adicional de la casa, decir que tiene contratados los servicios basicos desde siempre, luz, agua, gas,
Gracias y felicidades por el servicio que prestais.
Hola Josep:
Gracias a ti. Como no trabajamos como agencia, la verdad es que de este tema no sabemos mucho, lo mejor es que vayas a la oficina de atención al consumidor más cercana o también podrías publicar la pregunta en Enalquiler ahí te podrán ayudar. Un saludo
buenas tardes espero puedan ayudarme cn mi consulta ya que es un pcoco compleja.
soy viuda con dos hijos uno de 20 años el cual vive con tia y otro de 7 años, hace 3 meses corte mi ultima relacion decidi alquilar una habitacion con mi hijo de 7 años, el dueño del piso o del alquiler por que el es arrendado, rapidamente cogio el dinero y me dio el no hay problema.
le comente que me quedaria largo tiempo y no puso ninguna pega.
despues de haberle pagado me c9omunica que no se puede fumar, cosa qu yo sin tener por que respeto, haciendo un frio invernal y con hum4edADES EN LA HABITACION ME DICEN QUE NO PUEDO ENCENDER LA CALEFACCION POR QUE ELLOS QUIEREN AHPORRAR, COSA QUE TAMBIEN RESPETO.
RESU7LTA QUE ME E ENTERADO QUE ENTRAN EN M HABITACION, POR QE NO LES GUSTA VER LA VERNTANA ABIERTA Y SE METEN CON LOAS COSAS ELECTRICAS QUE TENGO ENCENDIDAS, AHORA DE REPENTE EL OTRO DIA ME COMNICS QUE HAN DECIDIDO DEJAR DE COMPARTIR EL PISO POR QUE NO LES USTAN CIERTAS COSAS DE LA CONVIVENCIA, Y ME HAN DADO 15 DIAS PARA IRME.
YO TENGO RECIBOS FIRMADOS POR EL COMO QUE LE PAGO PUNTUALMENTE Y EN ESTE MOMENTO ESDTOY EMPEZANDO UN TRABAJO Y NO ME PUEDO PERMITIR HACER UN CAMBIO DE VIVIENDA.
¿QUE PUEDO HACER?, PUEDO EXITIRLES SEGUIR VIVIENDO HAY?, NO TENGO CONTRATO NI NADA, NO SE ESTOY DESESPERADA ESPERO SUS RESPUESTAS
Hola Sonia:
Me temo que el tema es muy complejo y lo mejor es que contactes con la oficina de atención al consumidor. Ellos te podrán ayudar y espero se arregle.
Un saludo
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